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Implicaciones fiscales de las sociedades holding en el Reino Unido: Guía completa

Implicaciones fiscales de las sociedades holding en el Reino Unido

El Reino Unido sigue siendo una jurisdicción muy atractiva para establecer una sociedad holding. Su combinación de un entorno fiscal favorable, una extensa red de convenios para evitar la doble imposición y una infraestructura favorable a las empresas lo convierten en una opción popular para los grupos multinacionales. Este artículo explora las principales implicaciones fiscales de las sociedades holding que las empresas británicas deben tener en cuenta.

Las sociedades holding británicas

Ejemplo de la vida real

Pensemos en un grupo industrial alemán que quiere expandir sus operaciones por Europa. Para racionalizar la gestión y la eficiencia fiscal, crearon una sociedad de cartera en el Reino Unido para poseer acciones de nuevas filiales en España, Francia e Italia. Gracias a la exención de los dividendos entrantes en el Reino Unido y a la ausencia de retención fiscal sobre los dividendos salientes, la estructura permitía que los beneficios fluyeran libremente a través del Reino Unido sin doble imposición. Además, cuando el grupo vendió su filial francesa, la operación pudo acogerse a la exención de la participación accionarial sustancial (SSE) del Reino Unido, por lo que la plusvalía quedó totalmente exenta del impuesto de sociedades británico. Esta estructura redujo significativamente la fuga fiscal global y simplificó la gestión del flujo de caja transfronterizo.

Una sociedad holding británica suele existir para poseer acciones de otras empresas (filiales) y controlar los activos del grupo. También puede proporcionar dirección estratégica, servicios centralizados o gestión de la propiedad intelectual. A diferencia de las sociedades mercantiles, las sociedades holding pueden no generar directamente ingresos significativos, pero su papel en la estructuración del grupo puede reportar importantes ventajas fiscales y jurídicas.

Impuesto de sociedades e ingresos por dividendos

Una de las implicaciones fiscales más importantes a las que se enfrentan las entidades británicas es la siguiente impuesto de sociedades. A partir de abril de 2023, el tipo del impuesto de sociedades británico será de 25% para las empresas con beneficios superiores a 250.000 libras. Sin embargo, la mayoría de las sociedades holding no tienen operaciones comerciales activas, sino que obtienen ingresos de sus filiales.

Es importante destacar que la mayoría de los ingresos por dividendos percibidos por una sociedad holding británica están exentos del impuesto de sociedades, tanto los procedentes de filiales británicas como de filiales extranjeras. Esta exención está disponible en virtud del régimen de exención de dividendos del Reino Unido, sujeto a disposiciones antielusión. Esto convierte al Reino Unido en un lugar eficiente para recibir dividendos transfronterizos dentro de una estructura de grupo.

Plusvalías y exención por participación sustancial en el capital (SSE)

Las sociedades holding británicas también pueden beneficiarse de la Exención de Participación Sustancial (SSE) en la enajenación de acciones de filiales. Esta exención se aplica cuando:

  • La sociedad matriz ha poseído al menos 10% del capital social ordinario durante 12 meses en un periodo de 6 años anterior a la enajenación,
  • Tanto las empresas enajenantes como las enajenadas son empresas comerciales o miembros de grupos comerciales.

Si se cumplen las condiciones, la ganancia obtenida en la enajenación está totalmente exenta del impuesto de sociedades del Reino Unido. Entre las principales implicaciones fiscales de las sociedades holding que los planificadores británicos deben tener en cuenta, la ESS es vital para las salidas o reorganizaciones de grupos fiscalmente eficientes.

Retención a cuenta: Salidas y entradas

Una gran ventaja para las sociedades holding británicas es que el Reino Unido no impone ninguna retención en origen sobre los pagos de dividendos salientes, independientemente de la residencia del accionista. Esto es poco frecuente entre las principales economías y refuerza el papel del Reino Unido en la planificación fiscal multinacional.

Los pagos de dividendos entrantes suelen estar exentos de impuestos en manos de la sociedad holding británica, siempre que se cumplan las condiciones de exención de dividendos.

Los intereses y cánones pueden estar sujetos a retención a cuenta, pero la amplia red de tratados del Reino Unido suele reducirla o eliminarla mediante desgravaciones o exenciones en virtud de la Directiva sobre intereses y cánones (para pagos dentro de la UE).

Deducibilidad de los intereses y financiación de la deuda

Aunque la financiación mediante deuda es una característica común en las estructuras de los holdings, las implicaciones fiscales de los holdings La legislación británica impone ciertas limitaciones a la deducibilidad de los intereses:

Restricción de intereses de las empresas (CIR)

Limita la deducción de los gastos netos por intereses superiores a 2 millones de libras esterlinas anuales. Los intereses por debajo de este umbral son totalmente deducibles, pero los importes por encima de este umbral pueden estar limitados, con la posibilidad de trasladar a ejercicios futuros algunos de los intereses rechazados.

Normas sobre precios de transferencia

Exigir que los tipos de interés intragrupo reflejen las condiciones de mercado, es decir, los tipos que acordarían partes no vinculadas. Las empresas deben mantener la documentación adecuada para justificar el cumplimiento, ya que HMRC puede ajustar los beneficios imponibles si los tipos son artificiales.

Normas antihíbridos

Evitar desajustes fiscales en los que el mismo gasto por intereses podría deducirse dos veces o deducirse sin que los ingresos correspondientes tributaran en otro lugar. Estas normas se centran en las diferencias de tratamiento de la deuda y el capital en las distintas jurisdicciones, denegando deducciones cuando se producen desajustes.

La subcapitalización, aunque ya no es una norma independiente, se aplica a través de los precios de transferencia. Por lo tanto, un coeficiente excesivo de endeudamiento puede dar lugar a la denegación de las deducciones de intereses.

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Normas sobre sociedades extranjeras controladas (SEC)

El régimen de las sociedades extranjeras controladas (SEC) es una de las implicaciones fiscales de las sociedades holding más complejas que las empresas británicas deben tener en cuenta cuando operan en el extranjero. Si una sociedad holding británica controla una filial no británica que tributa poco, determinados beneficios de dicha filial podrían tributar en el Reino Unido. Puede encontrar más información sobre el régimen CFC en nuestro Guía completa.

Existen exenciones clave:

Exención por bajos beneficios

Si los beneficios contables de la filial son inferiores a 1 millón de libras esterlinas para el año, está exenta de las normas SEC.

Exención por bajo margen de beneficio

Si el margen de beneficios de la filial es inferior a 10% -lo que significa que los beneficios son bajos en relación con los costes de explotación- también puede estar exenta.

Territorios excluidos Exención

Las filiales situadas en determinados territorios con tipos impositivos comparables a los del Reino Unido o que figuren en listas aprobadas pueden evitar los cargos por CFC.

Exenciones a nivel de entidad para la actividad económica genuina

Si la empresa extranjera realiza actividades comerciales reales, como fabricación, comercio o prestación de servicios, con suficiente sustancia económica, suele estar exenta.

Para minimizar el riesgo de que se les apliquen las CFC, las sociedades holding británicas deben asegurarse de que sus filiales extranjeras tengan un verdadero contenido económico y cumplan las siguientes exenciones

Una estructuración adecuada y la sustancia comercial son esenciales para evitar una exposición fiscal involuntaria en virtud de las normas SEC.

Compensación colectiva de pérdidas

Las sociedades holding británicas dentro de una estructura de grupo 75% pueden beneficiarse de la desgravación de grupo, que permite la transferencia de pérdidas comerciales y otros atributos fiscales subvencionables entre empresas del grupo. Esta característica proporciona una eficiencia fiscal significativa al permitir a las empresas rentables reducir su cuota del impuesto de sociedades utilizando las pérdidas de todo el grupo.

Consideraciones sobre el IVA

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es otra de las implicaciones fiscales de las sociedades holding que deben gestionar las empresas británicas. Las sociedades holding que no realizan entregas imponibles suelen tener restricciones a la hora de recuperar el IVA. Sin embargo, cuando una sociedad holding presta servicios de gestión o administración a sus filiales a cambio de una remuneración, puede hacerlo:

  • Regístrese a efectos del IVA,
  • Recuperar el impuesto soportado sobre los costes relacionados,
  • Únase a un grupo de IVA para simplificar las transacciones entre empresas.

El alcance de la recuperación del IVA depende de la implicación de la sociedad holding en la actividad económica. Las sociedades holding puramente pasivas pueden no tener derecho a ninguna recuperación del IVA.

Precios de transferencia y documentación

Las normas británicas sobre precios de transferencia se aplican a todas las transacciones intragrupo, incluidas las comisiones de gestión, los préstamos, los cánones y el reparto de costes. Las normas exigen que:

  • Todas las transacciones entre partes vinculadas deben realizarse en condiciones de mercado,
  • Se debe mantener una documentación sólida para respaldar las metodologías de fijación de precios,
  • Los archivos anuales divulgan la información pertinente.

El incumplimiento puede dar lugar a ajustes fiscales, intereses y sanciones. Por ello, los precios de transferencia figuran entre las implicaciones fiscales más importantes que los grupos británicos deben gestionar en la práctica.

Requisitos de fondo y antielusión

Las autoridades fiscales internacionales, incluida la HMRC, esperan ahora que las sociedades holding demuestren su sustancia. Para las sociedades holding británicas, esto significa:

  • Reuniones del Consejo celebradas en el Reino Unido,
  • Toma activa de decisiones en el Reino Unido,
  • Directores establecidos en el Reino Unido, informados e implicados.

Las normas antielusión del Reino Unido, incluidas la Norma General Antiabuso (GAAR) y la Prueba del Propósito Principal (en los tratados), pueden denegar los beneficios de los tratados o las exenciones fiscales cuando el propósito principal sea obtener una ventaja fiscal.

Por lo tanto, la presencia de una verdadera razón comercial y actividad económica en el Reino Unido es esencial para defender una estructura de sociedad holding.

Resumen: Principales implicaciones fiscales de las sociedades holding que deben conocer las empresas británicas

En conclusión, las implicaciones fiscales de las sociedades holding a las que se enfrentan los grupos empresariales británicos son múltiples, pero manejables con una planificación experta. El Reino Unido ofrece:

  • No hay WHT sobre los dividendos,
  • Exenciones de dividendos y plusvalías,
  • Acceso a amplios convenios fiscales,
  • Compensación de pérdidas en grupo,
  • Infraestructura jurídica y fiscal bien desarrollada.

Las sociedades holding suelen ser el núcleo de estrategias fiscales internacionales más amplias. Gracias al favorable régimen fiscal del Reino Unido, los grupos multinacionales pueden gestionar eficazmente los flujos transfronterizos de ingresos, dividendos y plusvalías. Si está creando una estructura global, la sociedad holding británica puede servir de eje central, especialmente si se combina con una cuidadosa planificación de los convenios, los precios de transferencia y las normas sustantivas. Si desea saber más sobre cómo integrar las sociedades holding británicas en estructuras fiscales globales, visite nuestro artículo completo en Exención por participación sustancial en el Reino Unido.

Conclusión

El Reino Unido sigue siendo una de las jurisdicciones estratégicamente más sólidas para establecer una sociedad holding debido a sus regímenes de exención, el acceso a los tratados fiscales y la ausencia de retención de impuestos sobre los dividendos. Cuando se diseña con la sustancia económica y la documentación adecuadas, y con la vista puesta en la alineación transfronteriza, una sociedad holding británica puede mejorar drásticamente la eficiencia fiscal de los grupos internacionales. Aunque existen dificultades, sobre todo en ámbitos como los precios de transferencia, el IVA y la exposición a las CFC, pueden resolverse eficazmente con una estructuración proactiva y el asesoramiento de expertos.

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