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Presentación CT600B - Páginas complementarias de las sociedades extranjeras controladas (SEC)

Presentación CT600B - Páginas complementarias de las sociedades extranjeras controladas (SEC)

El CT600B es la sección complementaria de la Declaración del Impuesto sobre Sociedades del Reino Unido que se utiliza para declarar las participaciones en sociedades extranjeras controladas (SEC), solicitar las exenciones pertinentes y revelar determinados acuerdos híbridos de incompatibilidad.

Si su empresa posee una participación relevante igual o superior a 25% en una empresa extranjera controlada desde el Reino Unido durante el período contable, es posible que deba cumplimentar el formulario CT600B, a menos que la entidad pueda acogerse a una exención, como el Reglamento sobre Países Excluidos, la Exención Fiscal o la Exención por Bajo Margen de Beneficios.

En este artículo se explica cuándo debe cumplimentar el formulario CT600B, la información necesaria y cómo abordar las secciones clave.

Si desea obtener más información sobre las sociedades extranjeras controladas (SEC), no se pierda nuestro guía completa.

1. Cuándo completar el CT600B

Debe cumplimentar el formulario CT600B si

  • Su empresa poseía una participación relevante igual o superior a 25% en una SEC en cualquier momento del período contable; y
  • El período contable del CFC finalizó dentro del período contable de su empresa o al mismo tiempo que éste.

También debe cumplimentarlo si:

  • La empresa es una entidad híbrida;
  • La empresa realiza transacciones con entidades híbridas del mismo grupo de control;
  • Existe una falta de correspondencia entre deducción y no inclusión o entre establecimiento permanente (EP);
  • Se ha presentado una contraacción en virtud de la Parte 6A de la Ley de fiscalidad (internacional y otras disposiciones) de 2010 (TIOPA 2010).

No es necesario incluir un CFC en el CT600B si:

  • El CFC cumple una de las exenciones legales (exención fiscal, territorios excluidos, bajo margen de beneficios o exención por período exento); o bien
  • El CFC no es, de hecho, un CFC, pero pasaría una prueba de exención si lo fuera.

Esta exención evita costes de cumplimiento innecesarios cuando está claro que la empresa británica no tendría una carga CFC.

2. Información requerida en el CT600B

Necesitarás:

  • Datos de la empresa (nombre, referencia única del contribuyente);
  • Periodo cubierto (fechas de inicio y fin, máximo 12 meses);
  • Detalles de cada CFC pertinente:
    • Nombre y territorio de residencia;
    • Tipo de exención solicitada (en su caso);
    • Porcentaje de beneficios prorrateables;
    • Beneficios imponibles;
    • Carga fiscal CFC;
    • Impuesto acreditable ya pagado;
    • Alivios (por ejemplo, en virtud del Capítulo 9 de relaciones de préstamo);
    • Cualquier impuesto anticipado sobre sociedades (ACT) restringido.

Cuando se aplica un gravamen CFC, el total se declara en la casilla 490 del CT600.

3. Exención del establecimiento permanente extranjero (EP)

Si ha optado por la exención de los EP extranjeros, debe indicar si éste es el primer período en que se aplica. Esta exención puede impedir que los beneficios atribuibles a un establecimiento permanente extranjero tributen en el Reino Unido, siempre que se cumplan determinadas condiciones.

4. Información sobre híbridos y otros desajustes

A partir de abril de 2022, las casillas de información adicionales (B40-B85) deberán cumplimentarse si la empresa:

  • Es una entidad híbrida;
  • Tiene operaciones de entidades híbridas dentro de su grupo de control;
  • Tiene desajustes de deducción/no inclusión para instrumentos financieros;
  • Tiene excesivas deducciones por EP;
  • Tiene desajustes de beneficiarios multinacionales;
  • Ha realizado una contrapartida o asignación de Renta de Doble Inclusión (RSI).

Cada categoría de desajuste remite a secciones específicas de la TIOPA 2010 y al Manual Internacional de HMRC para las definiciones técnicas.

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5. Autorización reglamentaria y CT600B

En algunos casos, las empresas solicitan la autorización legal de HMRC en relación con las normas CFC en virtud de la Parte 9A TIOPA 2010 (o las antiguas normas de ICTA 1988).

Este proceso de autorización:

  • No es obligatorio, pero puede solicitarse para tener seguridad sobre el tratamiento fiscal de una transacción;
  • Puede obtenerse antes o después de una transacción;
  • Suele ser gestionado por el Equipo de Liquidación y Contrarreacción de HMRC;
  • Puede confirmar si se producirá una carga CFC en un escenario específico.

No obstante, incluso si se ha obtenido una declaración legal que confirme la inexistencia de cargas CFC, el requisito de cumplimentar el CT600B puede seguir siendo de aplicación.
Esto se debe a que:

  • El CT600B se utiliza no sólo para declarar las cargas de la CFC, sino también para confirmar las solicitudes de exención;
  • Es un registro de cumplimiento que muestra a HMRC que se ha considerado la posición CFC para el período contable pertinente;
  • En determinados casos de exención de las EP híbridas o extranjeras, la divulgación sigue siendo necesaria independientemente de la autorización.

6. Consejos prácticos de cumplimiento

Compruebe las exenciones con antelación

Determinar si una filial extranjera puede acogerse a una exención puede ahorrar tiempo y reducir los costes de cumplimiento.

Conservar la correspondencia de liquidación

Conserve la carta de autorización de HMRC como prueba para respaldar sus entradas CT600B.

Coordinar los informes de grupo

Si varias empresas del grupo tienen participaciones en la misma entidad extranjera, consolide la información para evitar incoherencias.

Mantente al día

Las normas de la TIOPA 2010 y las orientaciones de HMRC están sujetas a cambios; consulte siempre las notas orientativas CT600B más recientes sobre GOV.UK.

Conclusión

El CT600B es algo más que un simple formulario de información: es un punto de control del cumplimiento que garantiza que las empresas británicas con intereses en el extranjero aplican correctamente las normas SEC, solicitan exenciones válidas e informan de los desajustes híbridos cuando es necesario. Si bien la autorización legal puede tranquilizar sobre la situación de las CFC, no es suficiente. no eliminan necesariamente el requisito de cumplimentar el CT600B. Dada la complejidad de estas normas y su interacción con los precios de transferencia y la estructuración empresarial, se recomienda encarecidamente contar con asesoramiento profesional antes de presentar la declaración.

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